Una decisión judicial que deja en evidencia al gobierno de Pedro Sánchez

Los sólidos argumentos del Tribunal Supremo para rechazar la amnistía para unos corruptos

Uno de los últimos diques que España tiene para defender el Estado de Derecho es la Justicia, y en concreto los jueces que cumplen su deber.

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El acto de corrupción del gobierno de Sánchez con la amnistía

Este lunes, el Tribunal Supremo ha echado un jarro de agua fría a los planes del gobierno de Pedro Sánchez de borrar el historial delictivo de sus aliados separatistas, un borrado que es el pago por el apoyo de los partidos de esos delincuentes a la reelección de Sánchez. Un mercadeo con la ley que se ha convertido en uno de los mayores escándalos de corrupción de nuestra democracia, hecho de forma pública y con un absoluto descaro.

El Tribunal Supremo declara no amnistiado el delito de malversación

Este mediodía, el Tribunal Supremo ha publicado un comunicado señalando que declara no amnistiado el delito de malversación de caudales públicos en la causa del "procés", es decir, el golpe separatista perpetrado en 2017 por los actuales aliados de Sánchez, que pretendieron subvertir el Estado de Derecho para romper la unidad nacional y separarar a Cataluña del resto de España.

Por un lado, la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha declarado no amnistiado el delito de malversación de caudales públicos por el que fueron condenados Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa. Así mismo, el magistrado Pablo Llarena, instructor de la causa del "procés", ha dictado un auto en el que declara no aplicable la amnistía al delito de malversación que se imputa en esta causa al expresidente del gobierno regional catalán Carles Puigdemont y a los exconsejeros Antoni Comín y Lluís Puig.

El Tribunal contrapone la amnistía de Sánchez a la lucha de la UE contra la corrupción

La nota informativa de la Sala Segunda del Tribunal Supremo (ver PDF) ofrece unos sólidos argumentos que echan por tierra el intento del gobierno de borrar los delitos de sus aliados y recrimina, además, esa pretensión a los socialistas y a sus aliados parlamentarios: "es especialmente difícil conciliar el esfuerzo de la Unión Europea por eliminar márgenes de impunidad para los malversadores con la voluntad del legislador español de dispensar un tratamiento excepcional y personalizado a unos delitos de especial gravedad, por el simple hecho de haber sido cometidos por unos concretos responsables políticos y en una determinada franja histórica", señala la decisión judicial. El texto añade:

"El legislador ha estimado necesario abrir un paréntesis a cien años de jurisprudencia y hacerlo para unos hechos y unos protagonistas muy concretos. Un paréntesis que volverá a cerrarse para todos los demás ciudadanos que han sido condenados por un delito de la misma naturaleza".

Es un reproche demoledor al gobierno por otorgar privilegios penales a sus aliados y atacar el derecho a la igualdad ante la ley que la Constitución Española ampara en su Artículo 14, una actitud impropia de un gobierno democrático.

El Tribunal señala que los acusados obtuvieron un beneficio personal con esa malversación

Además, la Sala Segunda señala que los delitos de malversación cometidos por los cabecillas del golpe separatista no pueden ser amnistiados porque obtuvieron un beneficio personal de carácter patrimonial, algo que la propia ley pactada por el gobierno y sus aliados deja fuera de la amnistía: "desde los primeros momentos del derecho codificado, el ánimo de lucro se ha considerado perfectamente compatible con cualquier otra finalidad. El que se apodera de bienes ajenos -en este caso, patrimonio público- comete un delito aunque el metálico obtenido se destine a regalos a terceros, a limosna o a cualquier otra causa altruista. El castigo en los delitos patrimoniales no se justifica por ‘quedarse con las cosas de otro’, sino por ‘quitarle a otro las cosas’".

La decisión de la Sala Segunda señala que los acusados "hicieron con el patrimonio ajeno que les estaba confiado lo que no pudieron o no quisieron hacer con su patrimonio. Destinaron aquél a sus propios objetivos personales, que no por ser políticos, dejan de tener esa vertiente también particular o sectaria. Fondos públicos puestos al servicio de sus fines que eran también particulares, aunque pudiesen estar compartidos por un número mayor o menor de personas. La financiación de campañas electorales, de metas con significación política, de propaganda o la implementación de las propias ideas políticas, incluso aunque tenga una vertiente idealista, no deja de reportar también un beneficio personalísimo que adquiere carácter patrimonial cuando ha reportado un ahorro significativo". El texto añade:

"El dinero de todos sirvió para no minorar el dinero de unos pocos. En definitiva, obtuvieron un beneficio personal de carácter patrimonial. Los lideres que actualmente sufren condena contribuyeron a los fines descritos en el art. 1 de la Ley de Amnistía pero, a diferencia del resto de ciudadanos que extraía de su patrimonio la aportación personal al proceso político secesionista y que vio por ello mermado su patrimonio, aquellos no sufrieron igual merma en tanto echaron mano del patrimonio público, más allá de que -es indiferente- pudieran también -o no- haber destinado fondos personales. Su aportación principal merma alguna. Su aportación fue del dinero público que debían custodiar y administrar con lealtad".

El Tribunal advierte sobre el «debilitamiento de la fortaleza territorial de España»

Más abajo, el texto añade este otro argumento en relación a ese golpe separatista:

"El debilitamiento de la fortaleza territorial de España y de la propia Unión Europea fue real. Se pusieron en riesgo las bases estructurales sobre las que se ha erigido el proyecto europeo, por más que ese peligro, a partir de las vicisitudes políticas que ya forman parte de la historia, no llegara a materializarse en una efectiva fragmentación territorial que habría tenido, sin duda, unas nefastas consecuencias recaudatorias, más que previsibles, para la Unión Europea.

Es indiferente que no se alcanzase el objetivo a estos efectos, como lo sería que la malversación con fines claramente particulares -piénsese en la adquisición de un inmueble- hubiese quedado en fase de tentativa. Es la potencialidad para lesionar intereses financieros lo que excluye las conductas del beneficio, no la efectiva lesión".

Una decisión judicial que deja en evidencia al gobierno de Pedro Sánchez

Esta decisión judicial deja en un pésimo lugar al gobierno de Sánchez por su decisión de amnistiar esos delitos cometidos por sus aliados, una decisión con la que los socialistas antepusieron sus intereses de partido al interés general, provocando un grave daño a nuestro Estado de Derecho y un claro desprestigio a nuestras instituciones, mermando su autoridad moral para exigirle a todos los españoles el cumplimiento de la ley, al otorgar a unos pocos el privilegio de delinquir con total impunidad por el mero hecho de que el gobierno necesita su apoyo. Es un abuso de poder y un acto de corrupción por el que el gobierno debería acabar rindiendo cuentas ante los tribunales, además de dimitir de forma inmediata. España no puede seguir en manos de un gobierno que borra los delitos de corrupción a sus aliados.

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Foto: Luis García.

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Comentarios:

  1. jomeca

    Impecable y demoledor, jurídicamente hablando, el comunicado. Bien por Llarena y la sala segunda. Mientras haya jueces así hay esperanzas de deconstruir todas las tropelias legales de estos sinvergüenzas (con permiso del equipo de abogados defensores del gobierno, Pompidu y el FGE).

  2. wladimir

    me alegra saber..

    que todavia existe una justicia seria y recta,que aun no ha caido en las garras del Regimen….y que con argumentos juridicamente solidos y fuertes halla detenido el imparable avance de los corruptos del Regimen buscando su ammnistia…..

    muy bien…aun podemos creer en el Poder Judicial….

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